Un niño autista lleva cuatro años sin escolarizar por una batalla judicial
El Constitucional decidirá si el menor debe recibir la educación especial dictada por la Junta de Castilla y León
Los padres pelean por una enseñanza inclusiva
Daniel tiene 10 años y lleva cinco sin ir al colegio. Es autista y
sus padres prefieren tenerle en casa antes que escolarizarle en un
centro de educación especial; exigen que se le atienda en un colegio
ordinario con los apoyos que hagan falta. Pero la Junta de Castilla y
León (la familia vive en Palencia) insiste en que el centro específico
es la mejor opción, dadas las grandes necesidades de atención del
chaval. Los tribunales de Palencia y el Superior de Justicia de la
comunidad dieron la razón al Gobierno autónomo, pero ahora el Tribunal
Constitucional acaba de admitir a trámite el recurso de amparo de la
familia para revisar su caso.
Además, pesa sobre los padres una denuncia de abandono, ya que la
escolarización es obligatoria por ley en España desde los 6 a los 16
años. Sabino Herrero, director provincial de Educación, dice que no
tuvieron más remedio que informar del absentismo continuado a la
Fiscalía de Menores, con lo que el proceso se puso en marcha, y recuerda
que hay al menos cinco informes de especialistas psicopedagogos
realizados en distintos momentos que no dejan lugar a dudas sobre la
necesidad de atender al chico en un centro especial.
El alumnado con necesidades especiales
- Lo que dice la ley. “La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión [...] La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, solo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.
- Lo que dice la ONU. “Los Estados reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación [...] Al hacer efectivo este derecho, los Estados asegurarán que: [...] c) Se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales; d) Se preste el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación”. Mientras la ONG Solcom apela a estos puntos de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dice que en algunos casos, como el de Daniel, se superan esos “ajustes razonables”.
- Centros específicos e inclusión. En España hay 482 centros de educación especial. Estos atienden a algo más de 31.000 alumnos, es decir, el 21% del total. El resto, más de 110.000, están integrados en colegios e institutos ordinarios.
- La mitad tiene discapacidad física. El 49,3% de los alumnos con necesidades especiales sufre discapacidad psíquica, según la estadística oficial del curso 2010-2011. Otro 27,3% sufre trastornos graves de personalidad. El resto tiene discapacidad motora (8,9%), auditiva (5%), visual (2%). Los demás tienen lo que se llama “plurideficiencias”.
“¿Cómo pueden hablar de abandono? Si me paso las 24 horas del día con
él”, se queja por teléfono Azucena Ortega, la madre de Daniel. Ortega,
de 45 años, cuenta que nunca aceptaron que su hijo vaya a un centro de
educación especial, por lo que prefieren tenerle en casa. “Hacemos
nuestros ejercicios de lectura global (con dibujos y letras), y
trabajamos los números”, explica la madre. Está convencida de que tiene
todo el derecho de exigir que su hijo vaya al centro ordinario, y a que
la consejería ponga todos los medios posibles para que sea así.
La ley dice que el principio que debe guiar la educación de los
menores con discapacidad (sea psíquica o física) es la inclusión, es
decir, la integración en centros ordinarios de estos chavales. Sin
embargo, admite que las Administraciones valorarán la necesidad de
llevarles a otros centros especiales, aunque esto “solo se llevará a
cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las
medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios”, señala
la norma en vigor (LOE, 2006).
Por su parte, la familia, junto a la asociación Solcom que la apoya,
apela a la Convención Sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad de la ONU, firmada en 2006, y ratificada por España en
2008. Esta dice que “los Estados Partes asegurarán un sistema de
educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo
de la vida”. “Yo apoyo completamente a la familia. Se trata de cambiar la
mentalidad. La Convención de la ONU obliga a cambiar las políticas
educativas y se debe escolarizar a los niños en el tipo de centro que
decidan los padres”, señala tajantemente el profesor de Psicología
Evolutiva y de la Educación de la Universidad Autónoma de Madrid Gerardo
Echeita, que trabajó en el Centro Nacional de Recursos para Educación
Especial del Ministerio de Educación entre 1986 y 1996. “Es verdad que
se trata de apoyos muy complejos, extensos y continuados, pero es la
sociedad que queremos y que hemos decidido [la que fomenta la
inclusión]”, añade el profesor.
“Nosotros estamos a favor por principio de la educación inclusiva en
los centros. No conocemos el detalle de este caso, ni sabemos si el
grado de apoyo que necesita este niño es tal que hace imposible su
escolarización en un centro ordinario, pero lo que está claro es que el
perjudicado nunca puede ser el niño, ni porque la Administración no
ponga los recursos necesarios ni porque los padres quieran demostrar
algo y hacer valer un derecho”, señala Christian Loste, director de la
Federación de Autismo de Madrid (www.autismomadrid.es).
Una portavoz de la Consejería de Educación de Castilla y León
recuerda una vez más que los tribunales les han dado la razón en dos
instancias distintas y asegura que su decisión se ha basado en numerosos
informes de técnicos de educación y psicopedagogos, tanto del propio
centro como externos. Sabino Herrero, director provincial de Educación
en Palencia, asegura que cada vez que la madre ha pedido en estos años
una plaza en un centro ordinario para Daniel, se han vuelto a hacer
evaluaciones psicopedagógicas por parte del equipo de Educación —“para
ver si el chico había madurado y podía integrarse bien”—, pero siempre
con el mismo resultado: “Que el niño recibirá la mejor atención, la que
necesita, en el centro especial”.
La sentencia de octubre del año pasado del Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León, tras la lectura de esos informes, concluye:
“Daniel necesita algo más, mucho más que ajustes razonables respecto a
lo que precisan sus compañeros de edad similar [...] Una cosa es que
Daniel, con su total dignidad de persona tenga derecho a la educación y a
integrarse en la educación ordinaria y a que se le presten ayudas y
apoyos para lograrlo y otra muy diferente que toda la educación
ordinaria de un aula ordinaria se transforme, de hecho, en un aula
especial solo en su favor; ello excede la razonabilidad”, señala el
fallo.
La asociación Solcom, sin embargo, responde que, independientemente
del grado de discapacidad, siempre hay opciones de atención integrada en
los centros ordinarios, aunque una parte del horario se haga en
recursos específicos lejos del resto de compañeros. “Da igual el grado
de autismo; es por ley, por la Constitución y por la Convención de la
ONU. Y no puede ser cuestión de dinero o de recursos, como demuestra el
País Vasco, donde en la etapa primaria [de 6 a 12 años], no hay centros
de educación especial, se atiende a todos en los centros ordinarios”,
asegura la coordinadora de Solcom, Itziar Fernández.
El profesor Echeita asegura que es una buena noticia que el Tribunal
Constitucional vaya a pronunciarse sobre todas estas cuestiones.
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